SE HACE INDISPENSABLE EL PATROCINIO A INDEPENDIENTES PARA CONVENCIONALES CONSTITUYENTES

SE HACE INDISPENSABLE EL PATROCINIO A INDEPENDIENTES PARA CONVENCIONALES CONSTITUYENTES

 El contar con el patrocinio para las candidaturas independientes se hace sumamente necesario y poco se ha publicitado incluso de parte de los mismos postulantes. De no obtenerse las cantidades mínimas de patrocinantes, sencillamente los beneficiados serán los políticos y los partidos políticos, que es, seguramente, lo esperado por ellos.

 POLITICA – NACIONAL/SERVEL

Para evitar esta situación, el Servicio electoral (Servel)  ha puesto a disposición de la ciudadanía la plataforma electrónica para realizar Patrocinios en línea de candidaturas independientes para Convencionales Constituyentes según lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley N° 21.296, publicada el jueves 10 de diciembre de 2020. Este sistema es una alternativa a los patrocinios realizados de forma presencial en notarías.

Para ingresar a la plataforma el patrocinante deberá contar con Clave Única, sistema mediante el que se realizará la autentificación de identidad. En caso de no tenerla, la deberá obtener en el Servicio de Registro Civil e Identificaciones.

Cabe destacar -señala el organismo electoral- que, como indica la misma Ley, para declarar sus candidaturas, los candidatos y candidatas independientes fuera de lista requerirán el patrocinio de un número de ciudadanos independientes igual o superior al 0,2 por ciento de los electores que hubiesen sufragado en el respectivo distrito electoral en la anterior elección periódica de diputados, de acuerdo con el escrutinio general realizado por el Tribunal Calificador de Elecciones, a menos que dicho porcentaje de electores en un distrito electoral sea menor a 300, en cuyo caso se requerirá el patrocinio de 300 ciudadanos independientes.

Ingrese a la plataforma de patrocinios aquí.

Una vez ingresado con Clave Única y si se encuentra habilitado para patrocinar, se mostrará sus datos personales, el Distrito Electoral que corresponde a su inscripción electoral, y los candidatos habilitados en el Distrito Electoral. Se le solicitará un correo electrónico, el cual deberá ingresarlo en dos oportunidades.

Importante: para estar habilitado para patrocinar se requiere ser independiente (no estar afiliado a algún partido político) y ser chileno (no extranjero).

El patrocinante deberá escoger un solo candidato, y deberá ratificar con plena seguridad el patrocinio a ese candidato, pues una vez escogido no podrá rectificar su decisión.

El patrocinante deberá aceptar los términos del patrocinio y recibirá en su correo electrónico su determinación de patrocinio a la candidatura independiente de Elección de Convencional Constituyente.

Por su parte, y en forma previa, los candidatos independientes a la elección de Convencionales Constituyentes deberán solicitar por correo electrónico candidaturasnn@servel.cl donde nn es el número de la región, desde 01 a 16, a la Dirección Regional del Servicio Electoral correspondiente al distrito electoral por el cual desea ser candidato, para ser habilitado como tal, sin necesidad de otro trámite o llenado de formularios.

N de la R: El patrocinar a un candidato independiente, NO SIGNIFICA DE MANERA ALGUNA, LA OBLIGACIÓN de marcar su preferencia por el patrocinado, en la elección del abril próximo

 LINK DIARIO OFICIAL:

https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2020/12/12/42828/01/1864527.pdf

LINK AUDIO EXPLICATIVO PATROCINIO

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